Luis de Llano es condenado en última instancia por abuso sexual a Sasha Sokol

La Corte Suprema ratificó el fallo que obliga al productor a reparar el daño moral causado y validó que el abuso sexual infantil puede juzgarse civilmente sin importar el plazo de prescripción.

Por VALENTINA VILLAMIL |

junio 26, 2025

3:51 pm

Isaac Esquivel/Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido un fallo definitivo e inapelable en contra de Luis de Llano, confirmando por unanimidad su responsabilidad por abuso sexual contra Sasha Sokol, así como el daño moral ocasionado.

Este pronunciamiento judicial surge a partir de un proceso iniciado por Sasha Sokol en junio de 2022, en el que la artista solicitó reparación por el daño moral sufrido como consecuencia del abuso sexual del que fue víctima entre los 14 y 17 años de edad, y por declaraciones públicas realizadas por Luis de Llano en 2022, que la revictimizaron y atentaron contra su dignidad. En su defensa, de Llano negó los hechos y calificó las acusaciones como “imaginarias”, aunque reconoció haber emitido tanto la entrevista como el comunicado que motivaron parte de la demanda.

La sentencia de primera instancia fue emitida en mayo de 2023. En ella, el juzgado determinó que sí existió daño moral, por lo que ordenó a Luis de Llano emitir una disculpa pública, eliminar los contenidos que dañaron a Sokol, abstenerse de hacer nuevas declaraciones relacionadas con el caso, tomar un curso sobre violencia de género y pagar una indemnización económica con carácter punitivo. Sin embargo, la jueza no abordó en esa resolución la responsabilidad civil directa por el abuso, aspecto que fue apelado por ambas partes y resuelto en septiembre del mismo año por una sala superior. 

Esta segunda instancia no solo ratificó el fallo inicial, sino que amplió las medidas reparatorias, incluyendo la publicación del extracto de la sentencia, y reconoció que el daño derivado del abuso había continuado hasta el presente a través de conductas revictimizantes del acusado. Ante esta resolución, Luis de Llano promovió un juicio de amparo, argumentando que ya había pasado demasiado tiempo desde los hechos, que hubo errores en la valoración de pruebas y que debió haberse involucrado a un tercero por la difusión de la entrevista.

Getty Images

Por su parte, Sasha Sokol solicitó que el caso fuera tratado por la Suprema Corte, al considerar que el plazo de prescripción para este tipo de acciones debía ser analizado desde una perspectiva constitucional y de derechos humanos. La Corte accedió a esta petición en octubre de 2024 y encomendó el caso al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Tras el estudio del expediente la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió en sesión del 25 de junio de 2025 que las acciones civiles derivadas de abuso sexual infantil no prescriben. 

El argumento central es que las víctimas enfrentan múltiples obstáculos, ya sean emocionales, psicológicos o sociales, que dificultan enormemente su capacidad para denunciar en corto o mediano plazo. El fallo reconoce que el tiempo necesario para que una víctima pueda identificar los hechos como abuso, comprender sus consecuencias y reunir el valor suficiente para acudir a las instancias legales puede extenderse por años.

El fallo no solo supone una resolución a la demanda de Sokol y la ratificación de las medidas reparatorias ordenadas contra Luis de Llano, sino que constituye un hito legal en México. Desde ahora, cualquier víctima de abuso sexual infantil podrá recurrir al sistema judicial para buscar justicia, sin que el paso del tiempo sea un obstáculo legal. Este principio se convierte en jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales del país, generando un nuevo estándar de protección para las víctimas.

Sokol, quien fue víctima de abuso desde los 14 años, ha señalado que en aquel entonces carecía de las herramientas para comprender lo que vivía, y mucho menos para defenderse. Además, ha denunciado que su agresor intentó justificar su conducta alegando falsamente que sus padres estaban al tanto, y que llegó incluso a afirmar que la relación era producto de la imaginación de una niña. La sentencia reafirma que tales afirmaciones constituyeron una extensión del daño original, motivo por el cual se le condena por abuso continuo.

VALENTINA VILLAMIL

Redactora Senior

Redactora senior en The Hollywood Reporter en Español y Rolling Stone. Ha retratado a un centenar de artistas con relatos donde convergen música, cine, televisión y moda.

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